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Mecenazgo
Instituto Cervantes de Madrid
El Aula Cervantes de Liubliana no cuenta con la opción de mezcenazgo. Sin embargo, si desea ayudar en la labor del Instituto Cervantes puede hacerlo colaborando con la sede de Madrid.
Las aportaciones recibidas a través del patrocinio y mecenazgo, tanto económicas como en especie, facilitan la labor de la institución y contribuyen a impulsar la promoción y difusión de la lengua y la cultura española. Asimismo, incrementan la capacidad de autofinanciación de la sede y todos sus centros. El Instituto Cervantes trabaja en colaboración con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, como demuestran los más de 570 convenios vigentes en 2021.
Para plantear un proyecto de futuro, el Instituto Cervantes cree firmemente en la mutua colaboración entre los sectores público y privado. Por lo tanto, se anima a las empresas a trabajar de forma conjunta, bien en un sentido amplio, bien en proyectos concretos, para dar una mayor proyección y relevancia a nuestra actividad, y potenciar una imagen dinámica, moderna y unida de España en el exterior.
El Instituto Cervantes agradece la generosidad de las entidades que, conscientes del valor de la lengua española y de la cultura del mundo hispanohablante, contribuyen con su apoyo y compromiso de manera fundamental a la consecución de los objetivos de la institución.
El Instituto Cervantes se encuentra entre las instituciones, fundaciones, universidades y organismos públicos de investigación que pueden beneficiarse de contribuciones del sector privado para la financiación de actividades de interés general.
- 1. Donaciones:
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La aportación podrá deducirse sobre la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades (Ley 49/2002. Art. 17).
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Las actividades llevadas a cabo por el Instituto Cervantes para la promoción y difusión de la lengua española y de la cultura mediante redes telemáticas, nuevas tecnologías y otros medios tienen la consideración de actividades prioritarias de mecenazgo tal y como se recoge cada año en los PGE. Dicha consideración eleva un 5 % los porcentajes y los límites de las deducciones establecidas en la ley de mecenazgo para las donaciones realizadas a tal fin.
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2. Convenios de colaboración empresarial para actividades de interés general:
La aportación realizada es un gasto deducible íntegramente del Impuesto de Sociedades (Ley 49/2002. Art. 25).
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Para dotar de mayor sentido al proyecto de colaboración, el Instituto Cervantes desarrollará de común acuerdo con la entidad colaboradora acciones vinculadas al mismo que lo enriquezca y ponga en valor.
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EntidadDonec pulvinar pellentesque varius. Suspendisse dignissim condimentum erat vitae dapibus. Integer malesuada ornare tempor...Un patrocinadorDonec pulvinar pellentesque varius. Suspendisse dignissim condimentum erat vitae dapibus. Integer malesuada ornare tempor...
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ColaboradorDonec pulvinar pellentesque varius. Suspendisse dignissim condimentum erat vitae dapibus. Integer malesuada ornare tempor...Otro mecenasDonec pulvinar pellentesque varius. Suspendisse dignissim condimentum erat vitae dapibus. Integer malesuada ornare tempor...